miércoles, 6 de junio de 2012

SUSTANCIA QUÍMICAS ALMACENAMIENTO SEGURO


1. INTRODUCCIÓN
Hoy en día es necesario conocer las leyes básicas de la química a fin de mantener un
proceso productivo libre de situaciones de alto riesgo que conlleven a consecuencias
negativas en todo momento.
El almacenamiento de las sustancias químicas considera tanto a los productos como a los
residuos químicos que se utilizan dentro de un proceso productivo independientemente de
la cantidad en que estos se trabajen.
Un adecuado almacenamiento de las sustancias químicas, tiene como objetivo primordial
el evitar que se lleguen a juntar productos químicos incompatibles, ya que de ocurrir así,
se pueden producir reacciones violentas con la posibilidad de que se generen incendios,
explosiones y/o emanaciones de gases venenosos o corrosivos que pueden comprometer
a las personas, instalaciones y/o medio ambiente.
Para cumplir con el propósito planteado, las sustancias químicas deben almacenarse en
sus respectivos envases, en lugares seguros, considerándose los riesgos inherentes y la
incompatibilidad con otros productos químicos y las condiciones del medio, como el calor,
fuentes de ignición, luz y humedad.
En relación a los reactivos químicos para análisis y sus soluciones, nuestra Empresa
propone, en base a normas norteamericanas, realizar una separación considerando cinco
categorías de riesgo, de acuerdo a características químicas similares. Posteriormente, los
productos químicos deben ser almacenados en bodegas y/o cabinas.
2. ALCANCES LEGALES
Dentro de la legislación ambiental chilena que se encuentra vigente cuenta con una serie
de herramientas que establecen el manejo apropiado, las responsabilidades y las Normas
de quien trabaja con sustancias químicas, dentro de los más relevantes se encuentran:
9 D.S. 148/04 Reglamento Sanitario para el Manejo de Residuos Peligrosos
9 D.S. 594/99 del MINSAL: Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales
básicas de los lugares de trabajo
9 NCh 382 of. 98 “Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general”
9 NCh 1411 of. 78 “Identificación de riesgos de materiales”
9 NCH 2190 of. 93 “Sustancias peligrosas – Marcas para información de riesgos”
9 NCH 2137 of. 92  “Sustancias peligrosas – Embalajes/envases – Terminología,
clasificación y designación


• CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO:
9 Las sustancias peligrosas deberán estar contenidas al interior de recipientes
(sacos, tambores, cuñetes, maxisacos, estanques u otros) permitiéndose sólo en
casos técnicamente justificables el almacenamiento en pilas a granel, ya sea al
aire libre o al interior de bodegas.
9 Almacenamiento ordenado sobre  pallets o estanterías tipo rack, segregadas,
independientes o separadas según su clasificación específica e incompatibilidad.
(ver anexo)
9 El almacenamiento no debe obstruir vías de ingreso y evacuación.
9 Demarcación de pasillos con líneas amarillas .
9 Pasillo central con un mínimo 2,4 metros de ancho.
9 Ancho mínimo de pasillos entre pilas de 1,2 metros (pasillos secundarios).
9 La distancia mínima de sustancias peligrosas a muros perimetrales interiores es
de 0.5 m. Como mínimo.
9 Señalizar con letreros que indique la clasificación de los productos almacenados.
9 Rotulación de las sustancias según NCh 2190 of.93
9 Rotulación de las sustancias con información de los riesgos asociados y acciones
a seguir en caso de emergencia.
9 La sustancia almacenada debe cumplir con la distancia  estipulada en normas
respecto de las boquillas de los rociadores.
9 Existencia  de un registro, mantenido en un lugar seguro y a disposición del
personal a cargo de la bodega, escrito en español, con todas las hojas de datos de
seguridad de los productos almacenados de acuerdo a NCh 2245 of. 93 .
9 Instalación eléctrica reglamentaria(declarada en la SEC) y a prueba de explosión,
según los productos almacenados.
• CONDICIONES DE PROTECCIÓN DE INCENDIO:
9 Extintores bien ubicados ,señalizados en el tipo y la cantidad indicada por
DS.594/99 del Minsal.
9 Plan de emergencia para casos de derrame y/o incendio.
9 Red húmeda, autónoma, dependiendo del producto y cantidad almacenada que
asegure un tiempo mínimo de combate antes de la llegada de bomberos.
9 Sistema de detección  automática de incendio dependiendo de la sustancia y la
cantidad almacenada, diseñada según lo indicado por la NFPA 72 u otra
equivalente reconocida internacionalmente que no la contradiga.
9 Sistema automáticos de extinción  (rociadores), en base a polvo químico seco,
agua o espuma, dependiendo del  producto y de la cantidad almacenada. Los
cálculos de diseño y su disposición deben ser realizados de acuerdo a las normas
específicas chilenas y en lo no indicado en ella se aplicaran las indicadas por las
NFPA (11, 12, 13, 15, 16, 30 entre otras ) u otra norma reconocida
internacionalmente que no contradiga las normas de la NFPA.



5. CODIGO DE ALMACENAJE WINKLER
De acuerdo a las consideraciones indicadas y con el propósito de lograr un
almacenamiento seguro de sustancias químicas, nuestra Empresa utiliza el Código de
Almacenaje Winkler, en base a colores representativos, como son el Rojo (Inflamables),
Amarillo (Oxidantes), Blanco (Corrosivos), Azul (Tóxicos) y Verde (Normal). Para casos
especiales  de productos químicos  pertenecientes al mismo grupo de riesgo,  pero que
presentan un peligro especial,  sobre el color correspondiente, se escribe la palabra
SEPARADO, lo que significa que se deben guardar en la misma área, pero alejados del
resto de las sustancias químicas.



Anexo I. Listado de legislación chilena vigente referente al manejo se productos
químicos. Documentos que puede facilitar la ACHS
9 D.S. 594/99 del MINSAL: Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales
básicas de los lugares de trabajo
9 D.S. 148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
9 NCh 382 of. 98 “Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general”
9 NCh 1411 of. 78 “Identificación de riesgos de materiales”
9 NCh 2120 /1 al 9/ of. 89 “Sustancias peligrosas – Parte 1 al 9: Clases 1 al 9”
9 NCH 2190 of. 93 “Sustancias peligrosas – Marcas para información de riesgos”
9 NCH 2137 of. 92  “Sustancias peligrosas – Embalajes/envases – Terminología,
clasificación y designación”
9 Normas generales, sobre prevención de incendio en edificios: NCh 933, NCh
934
9 Normas de resistencia al fuego : NCh 935/1, NCh 935/2, NCh 2209
9 Normas sobre cargas combustibles en edificios:  NCh 1914/1, NCh 1914/2,
NCh 1916, NCh 1993
9 Normas sobre comportamiento al fuego: NCh 1974, NCh 1977, NCh 1979
9 Normas sobre señalización en edificios: NCh 2111, NCh 2189
9 Normas sobre elementos de protección y combate contra incendios:  NCh
1429, NCh 1430, NCh 1433, NCh 1646
9 Normas sobre rociadores automáticos: NCh 2095/1
9 NCh 933 Terminología.
9 NCh 934 Clasificación de fuegos
9 NCh 935/1  y 2  Ensaye de resistencia al fuego - Parte 1: “Elementos de
construcción general” y “Puertas y otros elementos de cierre” .
9 NCh 2209  “Ensaye del comportamiento al fuego de elementos de construcción
vidriados”
9 NCh 1914/1-2  Ensaye de reacción al fuego  - Parte 1: Determinación de la no
combustibilidad de materiales  de  construcción” y “Determinación del calor de
combustión de materiales en general”
9 NCh 1916 “Determinación de cargas combustibles”
9 NCh 1993 “Clasificación de los edificios según su carga combustible”
9 NCh 1974 “Pinturas - Determinación del retardo al fuego”



PARA MAS IFORMACION VISITA :  http://www.ingenieroambiental.com/4023/almacena_sust_quimicas.pdf



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